Nota informativa: aclaración sobre la clasificación de los preparados complementarios para niños de 6 a 36 meses como sucedáneos de la leche materna

Visión de conjunto

La Asamblea Mundial de la Salud aprobó el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna con el fin de proteger y promover la lactancia materna a través de una serie de disposiciones dirigidas a asegurar que la comercialización y distribución de los sucedáneos de la leche materna se lleven a cabo de forma adecuada. El Código no especificaba ninguna franja de edad para los productos que debían considerarse sucedáneos de la leche materna, pero sí indicaba que los preparados para lactantes no eran más que un tipo de sucedáneos de la leche materna.

En 2016, la OMS publicó un conjunto de orientaciones en las que aclaraba que entre los sucedáneos de la leche materna «cabría incluir cualquier leche (o producto que se pueda utilizar en sustitución de la leche, como la leche de soja enriquecida), ya sea líquido o en polvo, que se comercialice específicamente para alimentar a lactantes y niños pequeños de hasta tres años de edad (incluidos los preparados complementarios y las leches de crecimiento)». En la presente nota informativa se exponen los fundamentos de esa interpretación.

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Equipo de la OMS
Nutrición y seguridad alimentaria
Editores
Organización Mundial de la Salud, UNICEF
Número de páginas
4
Números de referencia
Número de referencia de la OMS: WHO/NMH/NHD/18.11
Derechos